Publicada la resolución del Concurso de Traslados del SESCAM
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado el 9 de febrero de 2026 la resolución relativa a la adjudicación definitiva de destinos del Concurso de Traslados Abierto y Permanente, en la que se recogen los plazos de cese y toma de posesión del personal adjudicatario
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado con fecha 9 de febrero de 2026 la Resolución de 2 de febrero de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Transformación, por la que se aprueba y publica la adjudicación definitiva de destinos del Concurso de Traslados Abierto y Permanente para la provisión de plazas de personal estatutario en el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, convocado por Resolución de 3 de junio de 2025.
Ceses y tomas de posesión
La resolución publicada establece las fechas de cese de oficio, diferenciando entre plazas vacantes y plazas adjudicadas por turno de resultas, así como los plazos de toma de posesión del personal adjudicatario.
Asimismo, se contemplan las situaciones administrativas que pueden impedir la incorporación efectiva sin solución de continuidad, tales como incapacidad temporal, permisos, licencias, excedencias o situaciones de maternidad y paternidad, que deberán ser comunicadas a las gerencias de origen y destino para su adecuada gestión.
Entre las cuestiones más importantes se encuentran las siguientes:
-Irrenunciabilidad del destino: las plazas adjudicadas tienen carácter irrenunciable. La única excepción es que la renuncia esté motivada por la obtención de otra plaza en un procedimiento de movilidad voluntaria convocado por otra Administración Pública.
-Cese en la plaza de origen:
Para quienes obtienen plaza vacante (Anexo II): el cese se producirá de oficio el día siguiente al de la publicación de la Resolución (el 10 de febrero de 2026), salvo en casos de cambio de Servicio de Salud.
Para quienes obtienen plaza del turno de resultas (Anexo III): el cese se producirá el día siguiente al del cese efectivo de la persona titular de la plaza adjudicada.
A estos efectos, se considera plaza desempeñada la que se ocupa efectivamente, ya sea en propiedad, interinidad, comisión de servicios o destino provisional.
-Plazos de toma de posesión:
- 3 días hábiles si la plaza de origen y la adjudicada son de la misma provincia.
- 15 días hábiles si pertenecen a distinta provincia.
- Un mes en los supuestos que impliquen cambio de Servicio de Salud de destino o reingreso al servicio activo (contado desde el día siguiente a la publicación en este último caso).
-Situaciones especiales (Vacaciones, IT, Permisos): si en el momento del cese el profesional está disfrutando de vacaciones, permisos o en situación de incapacidad temporal, la incorporación efectiva al nuevo puesto se producirá cuando finalice dicha circunstancia. No obstante, el trabajador está obligado a comunicar y acreditar documentalmente este motivo tanto a la Gerencia de origen como a la de destino.
-Prórroga o diferimiento: Los plazos de toma de posesión podrán ser prorrogados a petición del interesado por un tiempo no superior a la mitad de su duración inicial, si las necesidades del servicio lo permiten. Asimismo, la Gerencia de origen podrá diferir el cese por necesidades del servicio hasta un máximo de veinte días hábiles.
-Falta de toma de posesión: Quien no se incorpore al destino obtenido dentro de los plazos legales o de sus prórrogas será declarado, de oficio, en situación de excedencia voluntaria por interés particular.
Efectos y Recursos
Esta Resolución produce efectos desde el día siguiente a su publicación. Contra la misma, al poner fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de reposición (en el plazo de un mes) o recurso contencioso-administrativo (en el plazo de dos meses).
Documentos:

