Protección Ciudadana informa del modelo de certificado que se exige para la autorización administrativa de espectáculos taurinos
Este modelo se pubicará próximamente en la Sede electrónica de la Administración regional (https//www.castillalamancha.es), en los procedimientos a los que hace referencia el art. 26 del mencionado reglamento, por lo que se RECOMIENDA encarecidamente su utilización por los Jefes/as del servicio médico-quirúrgico contratados por el organizador del espectáculo taurino
La Dirección General de Protección Ciudadana del Gobierno de Castilla-La Mancha, ha informado al Colegio de Médicos de Toledo que ha elaborado ” un modelo del certificado para el Jefe del servicio médico-quirúrgico que se exige, para la autorización administrativa de los espectáculos taurinos, en el art. 28.1, b) del R.D. 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos taurinos”.
Así, la solicitud de los organizadores taurinos irá acompañada, entre otra documentación, de: “c) Certificación del Jefe del equipo médico quirúrgico de la plaza de que la enfermería reúne las condiciones mínimas necesarias para el fin a que está dedicada y se encuentra dotada de los elementos materiales y personales reglamentariamente establecidos.”
Por otra parte, como se sabe, -añade la información-, el R.D. 1649/1997, de 31 de octubre, por el que se regulan las instalaciones sanitarias y los servicios médico-quirúrgicos, complementa las obligaciones del referido profesional, siendo particularmente importantes las recogidas en el Anexo I, apartado III, puntos 3, 4, 5, 6 y 7 del mismo.
Este modelo se ubicará próximamente en la Sede electrónica de la Administración regional (https//www.castillalamancha.es), en los procedimientos a los que hace referencia el art. 26 del mencionado reglamento, por lo que se RECOMIENDA encarecidamente su utilización por los Jefes/as del servicio médico-quirúrgico contratados por el organizador del espectáculo taurino.
Con dicho modelo se pretende, por un lado, facilitar la elaboración de dichos certificados por los colegiados intervinientes, y por otro, agilizar la tramitación del procedimiento de autorización por las Delegaciones Provinciales de esta Consejería en esta temporada taurina, consiguiendo la homogeneización de la documentación y evitando los posibles requerimientos de subsanaciones formales. Al mismo tiempo, se consigue normalizar estos certificados con la aprobación de un modelo oficial, como promueve la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, arts. 66 y 69, entre otros.
Por último, se recuerda que las certificaciones emitidas por las personas colegiadas deberán ser firmadas electrónicamente, en cumplimiento del art. 14.2,c) de la citada Ley 39/2015.
Dicho modelo oficial se adjunta en formato pdf, con los campos para cumplimentar y firmar electrónicamente. Para su conocimiento, difusión y a los efectos oportunos.