La nueva Orden Ministerial modifica la formación del Cuerpo Militar de Sanidad para que los médicos egresen con el máximo de las competencias

Este lunes, 27 de enero, se ha publicado una nueva orden ministerial que modifica la formación de los médicos del Cuerpo Militar de Sanidad para evitar duplicidades de contenido en el currículo y lograr que estos egresen con el máximo de las competencias

En el caso del currículo de la modalidad de ingreso sin titulación previa, y con determinado número de créditos superados de las titulaciones de grado o licenciado en Medicina, se han reubicado asignaturas para su impartición en cursos más adecuados, en función de los conocimientos previos necesarios o de su perentoria necesidad al egreso.

En el caso del currículo de ingreso con titulación previa, se ha considerado conveniente aumentar el tiempo dedicado a las prácticas externas, mejorando la formación experimental. Los cambios realizados en uno y otro currículo no afectan a los perfiles profesionales a alcanzar en el egreso.

Por otra parte, se elimina la diversidad de criterios para la concesión del empleo eventual de Alférez Alumno entre las diferentes órdenes ministeriales que aprueban currículos de la enseñanza de formación para la modalidad de ingreso sin exigencia de titulación universitaria previa, y se establece un único criterio de concesión, coincidente con el exigido para el progreso de segundo a tercer curso de los respectivos currículos.

En cuanto al Curso de Sanidad en Operaciones (CSO) se eliminan las duplicidades de su contenido, y se incorporan a la enseñanza de formación las materias que no se contemplaban hasta ahora. De esta forma, los oficiales médicos que egresen lo harán con el máximo de competencias posibles para su despliegue en operaciones.

Así, según la orden ministerial, con estas modificaciones se logra un triple beneficio:

a) Los nuevos tenientes médicos egresan con la máxima capacitación posible para el despliegue en operaciones, estando en disposición de que se les reconozca el CSO, caso de disponer de la aptitud médica necesaria en algunos de sus módulos, y tras certificar en la Escuela Militar de Sanidad las prácticas que la superación de este curso exige.

b) Se optimiza la enseñanza militar, evitando duplicidades y logrando una mayor capacitación del alumnado.

c) Se mejora la operatividad de las unidades de destino de los tenientes médicos recién egresados, evitando las ausencias de los mismos debido a la asistencia a las fases presenciales del CSO.

Publicación en el BOE

Este lunes, 27 de enero, se ha publicado en el BOE la Orden DEF/56/2025, de 16 de enero, por la que se modifican la Orden DEF/653/2020, de 10 de julio; la Orden DEF/181/2022, de 2 de marzo; y la Orden DEF/423/2024, de 26 de abril.

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