El fin de la obligación de entregar el parte de baja a la empresa entrará en vigor el 1 de abril
Así lo prevé la norma que aprobó la semana pasada el Consejo de Ministros y que este jueves publicó el BOE, que determina que el decreto entrará en vigor “el primer día del tercer mes siguiente” al de su publicación en el boletín oficial
El próximo 1 de abril entrará en vigor el decreto por el que se acaba con la obligación de que el trabajador entregue a la empresa el parte de baja médica, según prevé la norma que aprobó la semana pasada el Consejo de Ministros y que este jueves publicó el BOE, que determina que el decreto entrará en vigor “el primer día del tercer mes siguiente” al de su publicación en el boletín oficial.
Este decreto modifica el anterior de 2014 que regula la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días.
El principal cambio que introduce es que el trabajador ya no será quien entregue la copia de la baja a la empresa, sino que lo hará la Administración de forma telemática. Solo se entregará una copia al trabajador y se elimina la segunda copia.
Además, los médicos podrán rebajar los plazos de revisión en función de la evolución del proceso.
Los cambios del decreto serán de aplicación, a partir de su entrada en vigor, a los procesos que en ese momento se encuentren en curso y no hayan superado los 365 días de duración.