El CGCOM eleva una queja al CGPJ alertando del riesgo de la injerencia judicial frente al criterio científico
El Observatorio de la Prescripción de la Organización Médica Colegial ha elaborado un informe tras la decisión del juez del Juzgado de lo contencioso administrativo número 1, de Castellón de la Plana, de obligar al Hospital de la Plana a aplicar a un paciente ingresado en la UCI por Covid-19 una terapia con ozono, no aprobada por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios , ni incluida en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud y contraria a los protocolos científicos del centro sanitario
La Comisión Permanente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) ha enviado una carta al presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Excmo. Sr. D. Carlos Lesmes Serrano, para exponer que un pronunciamiento judicial sobre las decisiones clínicas a espaldas del criterio técnico de los profesionales y de los fundamentos clínicos de la asistencia, “introduce un elemento de distorsión en la práctica clínica y un eventual motivo de confrontación entre todas las partes intervinientes”.
Así lo ha señalado el presidente de la corporación, Dr. Tomás Cobo quien se dirige al presidente del CGPJ a través de esta misiva para “llamar la atención” sobre la judicialización de la Medicina subrayando ” la gravedad del hecho de que un pronunciamiento judicial sobre las decisiones clínicas puede alterar gravemente los procesos de evaluación que desarrollan las sociedades científicas, las guías de práctica clínica y el trabajo de las agencias de evaluación del Sistema Nacional de Salud”.
Este pronunciamiento judicial ha generado estupefacción entre la profesión médica, pues se ha producido “a pesar de los contundentes avisos previos de la inoportunidad y peligrosidad del tratamiento” que fue autorizado. Nuestro sistema sanitario es garantista en la eficacia de los medicamentos y tratamientos, de acuerdo con el art. 43 de la Constitución, posición “que motivó la negativa de la ozonoterapia en este caso que nos ocupa”.
El mandato judicial se dirige a un centro sanitario para que realice la aplicación de una terapia contraria a las normativas, recomendaciones y protocolos de los organismos públicos de diferentes niveles, y autoriza a un profesional externo a aplicar dicha terapia. Todo ello implica disfuncionalidad y un conflicto en el seguimiento del paciente, además de interferir en el funcionamiento del sistema y afectar de forma grave al interés por la sanidad pública, segura y eficaz.
El CGCOM expuso el pasado lunes que considera que la injerencia de la autoridad judicial en el ejercicio de la Medicina altera los procesos de evaluación y guías de práctica clínica de un sistema sanitario con cartera de servicios definida.
El CGCOM sostiene que la imposición judicial de iniciación de un tratamiento, que desoye las recomendaciones del equipo encargado de la atención al paciente y al margen de los protocolos basados en la evidencia científica, puede contribuir a que se diluyan las responsabilidades y el paciente sufra las consecuencias en la calidad de la asistencia y su seguridad.