El CGCOM comparece ante el Parlamento Europeo por las vulneraciones del derecho de la Unión del RDL 29/2020 de Sanidad

El director de los Servicios Jurídicos del CGCOM, D. Ricardo De Lorenzo, ha estado al frente de esta comparecencia en nombre del peticionario, el presidente del CGCOM, Dr. Tomás Cobo, en la que han estado, además de la presidenta de la Comisión de Peticiones, Dolors Montserrat, representantes de distintas formaciones políticas y de la Dirección General del Mercado Interior de la Comisión Europea

El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España (CGCOM) ha comparecido ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo (PE) tras su solicitud de investigación por vulneración del derecho de la Unión al respecto del Real Decreto Ley 29/2020 de medidas urgentes de RRHH en el SNS para hacer frente a la COVID-19, en lo que respecta a los profesionales sanitarios.

El director de los Servicios Jurídicos del CGCOM, D. Ricardo De Lorenzo, ha estado al frente de esta comparecencia en nombre del peticionario, el presidente del CGCOM, Dr. Tomás Cobo, en la que han estado, además de la presidenta de la Comisión de Peticiones, Dolors Montserrat, representantes de distintas formaciones políticas y de la Dirección General del Mercado Interior de la Comisión Europea.

Esta exposición responde al escrito, enviado a la presidenta de la Comisión de Reclamaciones del PE, con fecha de 23 de noviembre, en el cual se solicitaba que se transmita a la Comisión Europea la petición de investigación del posible incumplimiento por parte de España de las normas comunitarias como son la Directiva 2005/36/CE del Parlamento y del Consejo, sobre libre circulación de profesionales sanitarios; Directiva 93/16/CEE del Consejo, destinada a facilitar la libre circulación de los médicos y el reconocimiento mutuo de sus diplomas, certificados y otros títulos y la Directiva 86/457/CEE del Consejo, relativa a una formación específica en Medicina General.

La corporación médica, en base a la Declaración del CGCOM con fecha de 3 de octubre, elevó esta solicitud para una toma de posición del Parlamento Europeo en orden a corregir la alarmante situación, en razón a la importancia de los intereses y bienes jurídicos protegidos en juego y frenar así el atentado que supone el RDL 29/2020, no sólo a la normativa estatal española, sino también a la comunitaria.

La corporación médica considera que el texto aprobado por el ejecutivo español vulnera las orientaciones sobre la libre circulación de los profesionales sanitarios y la armonización mínima de la formación en relación con las medidas de emergencia contra la COVID-19, según las recomendaciones relativas a la directiva 2005/36/CE.

Esta directiva establece normas sobre el reconocimiento trasfronterizo de las cualificaciones profesionales. En el caso de determinadas profesiones sectoriales, como los médicos, la Directiva también establece requisitos mínimos de formación a nivel de la UE.

En este texto también se alude a distintos puntos que deben de ser los que guíen a los Estados miembros a la hora de estudiar medidas para abordar la escasez inmediata de personal o medidas para formar a futuros profesionales sanitarios.

En cuanto al reconocimiento de los profesionales sanitarios con cualificaciones pendientes de países no pertenecientes a la UE/Asociación Europea de Libre Comercio, éste se concede de conformidad con los procedimientos de los Estados miembros.

En el caso de las profesiones sanitarias en las que los requisitos mínimos de formación están armonizados a escala de la UE, incluidos médicos y enfermeros responsables de cuidados generales, deben respetarse los requisitos mínimos de formación de la UE. Si los profesionales tienen una cualificación de un país no perteneciente a la UE, en una de las profesiones que no cumple con los requisitos armonizados, el Estado miembro que tenga intención de reconocer dicho diploma debe aplicar medidas compensatorias. Estos profesionales pueden ser autorizados a trabajar en la asistencia sanitaria, pero sin ser tratados como miembro de una profesión para la que no cumplen las normas de cualificación establecidas en la directiva.

En este sentido, los Estados miembros podrán emplear a profesionales sanitarios con diplomas de terceros países, bien garantizando que sus cualificaciones profesionales cumplan los requisitos mínimos de formación a nivel de la UE o bien concediéndoles un estatuto diferente al de miembro de una de las profesiones para las que los requisitos mínimos de formación están armonizados en la UE.

Con esta comparecencia el CGCOM se reitera en el rechazo a este Real Decreto Ley que nos sitúa fuera de la normativa europea, y especialmente de las Recomendaciones relativas a la Directiva 2005/36/CE sobre libre circulación de profesionales sanitarios y la armonización mínima de la formación en relación con las medidas de emergencia contra la COVID-19 (2020/C156/01).

Tras la comparecencia, se ha acordado que esta investigación permanecerá abierta así como que se le dará traslado a la Comisión de Mercado Interior del Parlamento Europeo, la cual tendrá que emitir un pronunciamiento. Otra de las medidas ha sido encargar a la Dirección General de Mercado Interior de la Comisión Europea que aporte más información al respecto de la petición del CGCOM.

Se adjunta texto de la comparecencia: